Planes de pensiones. Tributación
Todos los años, las entidades financieras y aseguradoras hacen campañas para presentar sus planes de pensiones. Pues bien, en este pequeño artículo se analizará la tributación de los mismos cuando son concedidos por una empresa a un trabajador y cuando un contribuyente decide contratar este producto financiero.
En primer lugar, analizamos el caso de una empresa que realiza una aportación a un plan de pensiones de su empleado.
Cuando una sociedad o empresario individual realiza una aportación al plan de pensiones de un empleado; esta aportación constituye un rendimiento de trabajo en especie y, al mismo tiempo, la cantidad se la puede deducir el empleado.
Por otra parte, cuando se trata de una aportación que realiza un contribuyente; el obligado tributario podrá reducir la base imponible del impuesto en ese mismo importe.
Recordar que no es posible aportar más de 8.000 euros o el 30% del sumatorio del rendimiento del trabajo y del capital y que, en términos generales, realizar aportaciones a un plan de pensiones beneficia más a quién más rendimientos del trabajo y de actividades económicas obtiene.
José Miguel Golpe Saavedra
Consultor fiscal, patrimonial y empresarial
Email: josemiguelgolpesaavedra@gmail.com
Teléfono: 633 891 555
www.josemiguelgolpesaavedra.es